Chileno, Licenciado en Filosofía, Magister en Ética y Democracia y Magister en Epistemología. Doctor en Filosofía. Ha sido Visiting Scholar en el Oxford Uehiro Centre for Practical Ethics de la Universidad de Oxford y Visiting Professor en el Morrell Centre for Toleration, Universidad de York (UK). Actualmente es profesor de Filosofía Moral y Teorías contemporáneas de la Justicia Social en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y Profesor invitado en el Programa de Doctorado mención Filosofía Moral y Política de la Facultad de Filosofía de la Universidad de Chile
Este artículo aborda la crítica que Rawls presentó al utilitarismo en el marco de la discusión sobre el fundamento moral de los principios de justicia que deben organizar una sociedad democrática. Se muestra que el principio de utilidad carece de las constricciones morales necesarias para garantizar tanto un efectivo reconocimiento entre las personas, así como una equitativa distribución de las bases sociales del autorrespeto. Se presentan los argumentos de Rawls en contra del utilitarismo clásico en dos grupos: primero aquellos que son independientes de la dimensión contractual de su teoría, luego aquellos que son fruto de la posición original y el velo de la ignorancia. Se concluye que dada la relevancia que tiene el reconocimiento recíproco y el autorrespeto para el establecimiento de una sociedad justa dentro del proyecto rawlsiano, el principio de utilidad no puede ofrecerse como una alternativa aceptable para la organización de las principales instituciones sociales